Principios éticos

Todas las investigaciones y los artículos de ellas derivados, deberán haberse ajustado a lo que indica la ley.

  • Consentimiento informado: Los artículos basados en investigaciones sobre seres humanos deben regirse por los principios acordados en la Declaración de Helsinki. Si de un artículo puede denotarse la identidad de un paciente o si pretende publicarse una fotografía de este, deberá presentarse a la editorial su consentimiento informado o, en caso de ser menor, el consentimiento de sus padres o tutores.
  • Conflicto de interés: En caso de existir conflictos de intereses, haber recibido patrocinio o fondos para la realización de un estudio, deberán manifestarse siempre.
  • Experimentación con animales: En caso del uso de animales para experimentación y otros fines científicos, deberá facilitarse la declaración del cumplimiento de la ley nacional vigente.
  • Confidencialidad: Durante el proceso de revisión externa, INTERCIENCIA MÉDICA garantiza la confidencialidad del trabajo.
  • Ensayos clínicos: INTERCIENCIA MÉDICA se halla sujeta a las condiciones definidas por la Declaración de Helsinki de 1975 y sus ulteriores enmiendas (http://www.wma.net/s/policy/pdf/17c.pdf) y, también desarrolladas en el párrafo III.J. de Uniform Requirements for Manuscripts Submitted to Biomedical Journals (http://www.icmje.org). Para la publicación de ensayos clínicos, debe remitirse una copia de la aprobación de las autoridades sanitarias de los países en los que se desarrolla la investigación experimental.8. Traspaso de derechos (copyright).